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Tips Comercio Electrónico

Con las festividades a la vuelta de la esquina, parece lógico pensar que las circunstancias actuales van a dificultar que se produzcan las clásicas imágenes de largas colas en los establecimientos con motivo de las compras navideñas. 

Sin embargo, el desarrollo de la tecnología permite pensar en vías alternativas a la compra tradicional en las tiendas, mediante el sistema conocido como comercio electrónico, basado en la compra y venta de productos o servicios a través de internet.  

Siendo este elemento una herramienta que puede tener utilidad en fechas venideras, conviene hacerse las siguientes preguntas sobre su uso:

¿Qué derechos y garantías deben ofrecérsele al consumidor?

La utilización por una empresa del sistema de comercio electrónico implica para el consumidor que se le ofrezcan las mismas garantías que cuando este adquiere servicios en un establecimiento físico. 

Precontractualmente, se le deberá informar entre otras cuestiones, sobre:

  • De las características principales del bien que se le va a entregar. 

 

  • Identidad de la empresa vendedora (incluido su nombre comercial). 

 

  • Dirección del establecimiento (número de teléfono, fax y correo electrónico). 

 

  • Precio total (con inclusión de gastos de envíos e impuestos), o la forma de determinarse el mismo, cuando no sea posible calcularse de antemano (si lo que se cobra es una tarifa fija, el total de los costes mensuales). 

 

  • Costes de los medios de comunicación a distancia para celebrar el contrato.

 

  • Procedimientos de pago, entrega y ejecución y fecha de entrega de los bienes. 

 

  • Lenguas de formalización del contrato. 

 

  • Modo de ejercicio del derecho de desistimiento. 

 

  • Servicio de asistencia posventa, cuando exista. 

 

  • Existencia de códigos de conducta pertinentes. 

 

  • Duración del contrato. 

 

  • Obligación por el consumidor de realizar depósitos u otros medios de garantías. 

 

  • Funcionalidad de contenidos digitales y su interoperabilidad.

 

  • Mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos. 

Así mismo, el consumidor ostenta el derecho de desistimiento, derecho a la reparación y sustitución del producto, cuando este último no fuese conforme a contrato, e igualmente, a la rebaja del precio y a la resolución del contrato. 

En lo que al periodo de garantía se refiere, será de dos años (salvo productos de segunda mano). Además, el defecto acaecido durante los primeros seis meses de la entrega se presumirán existentes en el momento de la entrega de la cosa. 

También tendrá derecho a la garantía comercial adicional y a la indemnización de daños causados por los bienes o servicios comprados por el consumidor. 

¿Cuáles son los medios de pagos más empleados?

Tarjetas de crédito y débito, PayPal, con el teléfono móvil, mediante transferencia bancaria, etc. 

En lo que se refiere al empleo de Bizum para la realización de pagos, por la empresa interesada se deberá alcanzar un acuerdo comercial con cualquiera de los bancos adheridos a dicho sistema, y posteriormente añadir dicho método a su web. 

¿Cómo se formaliza el contrato?

El contrato deberá contener todos los puntos indicados en la primera pregunta, debiéndose redactar en la lengua propuesta o elegida para la contratación. Además, en el supuesto de que el consumidor vaya a tener que pagar cuantías como impuestos o gastos de envío, deberán constar en el documento, de forma clara y previo a efectuarse el pedido. 

Igualmente, la empresa tendrá que confirmar que el consumidor es consciente de que se está obligando a la realización de un pago. En este sentido, cuando la realización del pedido se efectúe activando un botón o de forma similar, en el mismo se le deberá hacer constar al consumidor que se trata de un pedido con obligación de pago. 

Así mismo, en la página web del comercio se deberá señalar las restricciones en las entregas y las posibles modalidades de pago aplicables. 

En los contratos celebrados mediante técnicas de comunicación a distancia limitados, o vía telefónica, deberá igualmente informarse al consumidor sobre los aspectos indicados en los apartados anteriores. 

¿Cuántos días tiene la empresa para proceder a la entrega del bien?

Treinta días naturales desde la celebración del contrato, salvo que las partes acuerden otro plazo. En el supuesto de incumplimiento, el consumidor goza del derecho para resolver el contrato, debiendo la empresa proceder al reembolso de las cantidades pagadas por el consumidor.

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