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¿Cómo de grave puede ser aparecer en un listado de morosos?

Uno de los temas que más nos preocupa al acudir a una entidad financiera para solicitar un préstamo o crédito, ya sea para la compra de la casa de nuestros sueños, el viaje que llevamos años planeando, un nuevo coche…  es el si nos lo concederán.

Existen diversas causas por las que la entidad financiera decidiese negarnos dicho préstamo. Hoy te hablaremos sobre una de ellas, y la gravedad que conlleva aparecer en un registro de morosos, que puede ser por una deuda impagada de miles de euros o de solo unas decenas.

 

¿Dónde se registra esta información?

Existen plataformas como ASNEF o RAI que registran este tipo de impago. Con la nueva normativa, dichas plataformas deberán avisar a la persona afectada en un plazo máximo de 30 días mediante correo certificado.

 

¿Qué consecuencias puede tener que me incluyan en uno de esos registros?

Las consecuencias más habituales son las siguientes:

  • Te pueden denegar tarjetas de crédito, préstamos personales o ventas de coches
  • Pueden hacerte perder clientes y/o proveedores en el caso de las empresas, al comprobar que apareces en estos listados.
  • Imposibilidad de concesión de créditos públicos.

 

¿Existe alguna manera de salir de ASNEF o RAI?

Sí, la hay. La más sencilla es pagar la deuda que nos ha llevado a convertirnos en “morosos”. Además, habrá que notificar al fichero por medio de un escrito o justificante de pago que la deuda ha sido saldada.

El asunto no se queda ahí, aunque se haya saldado la deuda si no estamos pendientes de haber salido de estos archivos, podríamos estar hasta 30 meses en el caso de RAI y hasta 6 años en el de ASNEF.

Entonces… ¿puede ser que continúe apareciendo en uno de esos registros aunque haya saldado mi deuda?

Sí, puede darse el caso de que aparezcas en estos ficheros aun habiendo pagado y cancelado la deuda, con las consecuencias que conlleva.

 

¿Puedo solicitar indemnización por daño moral?

Sí. A la hora de valorar el caso, el Tribunal Supremo tendrá en cuenta las entidades financieras que consultaron nuestros datos, así como el tiempo en el que nuestros datos han permanecido en el fichero, sin tener en cuenta el importe de la supuesta deuda.

Como vemos, en estos casos la cuantía de la indemnización dependerá de cada caso, ya que no hay un valor establecido para dicho daño moral, pero lo que sí tenemos claro es que necesita ser atendido.

 

En definitiva, la única manera de no aparecer en estos listados es ser constantes con nuestros pagos y finanzas. En caso de aparecer en ellos, debemos saldar la deuda y asegurarnos de que esta ha sido saldada.

Si necesitas asesoramiento jurídico, o estás dispuesto a reclamar una indemnización por daño moral no dudes en contactar con nosotros.

En Avanza pymes contamos con excelentes profesionales dispuestos a ayudarte en lo que necesites.

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